A- de 2022
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante De Oficio Procesados Arciniegas Reyes Oliverio Y Otros·Demandado Arciniegas Reyes Oliverio Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de procesos que vinculen a miembros de la fuerza pública por delitos cometidos en servicio activo sin relación con el servicio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Bucaramanga con Funciones de Conocimiento y el Juzgado 168 de Instrucción Penal Militar de la misma ciudad.
Dicha controversia se centra en establecer la autoridad que está llamada a conocer del proceso penal contra dos miembros de la Fuerza Pública como coautores a título de dolo del delito de abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto.
Ante la inexistencia de elementos que permitan establecer el vínculo directo del delito con el servicio, requisito que la Constitución exige para que tenga aplicación el fuero penal militar, resulta imperativa la aplicación de la regla general de competencia de la jurisdicción ordinaria.
En consecuencia, remite el expediente al Juzgado Quinto Penal del Circuito de Bucaramanga con Funciones de Conocimiento, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones presentado entre el Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Bucaramanga con Funciones de Conocimiento y el Juzgado 168 de Instrucción Penal Militar de Bucaramanga, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso con radicado 682766000250201501090 corresponde al Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Bucaramanga con Funciones de Conocimiento.
- Segundo. REMITIR, por medio de la Secretaría General de esta corporación, el expediente CJU-2345 al Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Bucaramanga con Funciones de Conocimiento, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 168 de Instrucción Penal Militar de Bucaramanga y a los sujetos procesales dentro expediente 682766000250201501090.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.